Desde las remuneraciones de agosto de 2025, todas las empresas en Chile (incluidos quienes emplean a trabajadoras de casa particular) deberán cotizar un 1 % adicional al sueldo imponible de cada trabajador, en el marco de la Ley N.º 21.735 de la Reforma de Pensiones.
Este aporte es de cargo exclusivo del empleador, por lo que no afecta el sueldo líquido de los trabajadores. El pago debe incluirse con las cotizaciones habituales, hasta el 13 del mes siguiente, si se realiza electrónicamente (por ejemplo, el aporte por agosto se pagará hasta el 13 de septiembre de 2025).
¿Cómo se distribuye ese 1 % adicional?
El aporte se divide de la siguiente manera:
0,9 % va al nuevo Seguro Social Previsional, destinado a financiar beneficios como la Compensación por Expectativa de Vida
0,1 % ingresa a la Cuenta de Capitalización Individual (AFP).
¿Es solo el comienzo?
No. Este 1 % adicional es la primera de varias alzas graduales que llevarán el aporte total del empleador hasta un 8,5 % del sueldo imponible para 2033
Cronología estimada de incrementos:
- Agosto 2025 – Julio 2026: 1 % (0,1 % individual + 0,9 % seguro social)
- Agosto 2026 – Julio 2027: 3,5 %
- …
- Agosto 2033 en adelante: 8,5 %
Este incremento incluye también aportes adicionales al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) y al Seguro Social Previsional de forma integrada.
¿A quiénes aplica?
- Todos los empleadores, incluso trabajadores de casa particular
- Independientes y contratistas, solo si pagan sus cotizaciones previsionales, no aplica directamente a honorarios.
¿Por qué es importante esta medida?
- Refuerza el sistema de pensiones chileno mediante un enfoque mixto: capitalización individual + seguro social.
- Ayuda a reducir brechas de género, a través de la Compensación a mujeres por mayor esperanza de vida.
- Incentiva el ahorro previsional y refuerza beneficios futuros, como el Bono por Años Cotizados, que comienza en enero de 2026.
Implicancias prácticas para tu empresa
- Actualizar los sistemas de remuneraciones: para incluir el 1 % adicional desde agosto 2025.
- Proyecciones de costo laboral: deben incluir esta nueva cotización cuando planifiques 2026+.
- Preparar el pago: primer vencimiento el 13 de septiembre de 2025 por agosto.
- Comunicar internamente: informar al equipo sobre este aporte adicional, asegurando confianza.
Recomendaciones desde FIJO
- Revisar tu sistema ERP o planilla de sueldos y adaptarlo para la nueva cotización.
- Capacitar a tu equipo administrativo y financiero sobre los cambios legales, plazos y distribución.
- Actualizar manuales contables y contratos laborales, si es necesario.
Fuentes oficiales destacadas:
- Ministerio de Hacienda: cronograma y detalles de cómo se desglosa el 1 %
- Superintendencia de Pensiones / IPS: plazos, implementación, inclusión de trabajadores de casa particular
- ChileAtiende detalla alcance general de la nueva cotización
Conclusión
La reforma previsional trae una nueva responsabilidad para los empleadores, con el primer aporte del 1 % adicional desde agosto de 2025. Aunque sea un proceso gradual, es esencial prepararse desde ya para evitar contratiempos y aprovechar los beneficios contables y sociales de la medida.
FAQs
¿El 1 % adicional afecta el sueldo de los trabajadores?
No, es un aporte exclusivo del empleador y no se descuenta de la liquidación nss.cl.
¿Cuándo debo hacer el primer pago?
Por las remuneraciones de agosto 2025, el pago vence el 13 de septiembre de 2025, si se realiza electrónicamente.
¿Qué sucede con trabajadores de casa particular?
También deben incluirse; el aporte aplica a todos los empleadores, sin excepción.
¿Por qué 0,9 % va al Seguro Social Previsional?
Para financiar beneficios colectivos como la compensación por expectativa de vida y el seguro de invalidez.
¿Hasta cuándo aumentará este aporte?
Se implementará gradualmente hasta llegar al 8,5 % total en 2033, distribuidos entre cuentas individuales, rentabilidad protegida, SIS y seguro social.
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